El Tribunal de Cuentas absuelve a Sgarbi: no se ha producido ningún perjuicio para el erario público por las conferencias que impartió cuando era subsecretario


El Tribunal de Cuentas ha desestimado la reclamación de indemnización de más de 200 000 euros presentada por los inspectores contables contra Vittorio Sgarbi por los servicios profesionales prestados durante su mandato como subsecretario de Cultura. El Ministerio deberá hacerse cargo de las costas judiciales.

El Tribunal de Cuentas ha absuelto a Vittorio Sgarbi de la acusación de haber causado un perjuicio al erario público a través de los 121 servicios profesionales prestados mientras ocupaba el cargo de subsecretario del Ministerio de Cultura. La noticia la ha dado a conocer Clemente Pistilli en *La Repubblica*. Los magistrados del Tribunal de Cuentas, en concreto, han desestimado la solicitud presentada por la fiscalía, que pedía que se condenara al crítico de arte y político a indemnizar con más de 200 000 euros al mismo ministerio al que representaba institucionalmente.

Según lo establecido por el Tribunal, en las intervenciones objeto de la acusación, Sgarbi abordaba temas relacionados con la historia antigua, materia que no entraba dentro de las competencias que se le habían conferido formalmente, limitándose, en esencia, a ejercer derechos y libertades fundamentales amparados tanto por la Constitución italiana como por el Convenio Europeo de Derechos Humanos. Sobre la base de estos fundamentos, el Tribunal de Cuentas ordenó además que fuera el Ministerio de Cultura el que abonara a Sgarbi la suma de 3 500 euros, en concepto de cobertura de los gastos legales incurridos durante el proceso.

Vittorio Sgarbi
Vittorio Sgarbi

La investigación sobre Sgarbi se refería a las posibles conexiones entre su cargo institucional y las numerosas actividades profesionales que llevó a cabo durante el período en que ocupó el cargo de subsecretario, actividades que, según la acusación, se habrían realizado sin la autorización necesaria, incumpliendo la normativa vigente y los deberes propios del cargo público que ocupaba. Los cargos se basaban en la norma que prohíbe a quienes ocupan cargos gubernamentales realizar actividades que puedan interferir en la imparcialidad y la eficacia de la acción pública.

Tras enviar a Sgarbi a juicio, la Fiscalía Contable había incorporado al expediente, junto con las facturas correspondientes, los contratos celebrados por las empresas vinculadas al crítico de arte con entidades tanto públicas como privadas, a través de los cuales se regulaban los pagos por los servicios de carácter cultural prestados por el subsecretario. No obstante, los jueces consideraron que no existían pruebas suficientes para demostrar una conducta ilícita por parte de Sgarbi que pudiera causar un perjuicio efectivo a las arcas del Estado.

El Tribunal de Cuentas ha subrayado, además, que la Fiscalía no ha logrado demostrar que Sgarbi fuera consciente de que sus actividades profesionales pudieran obstaculizar el cumplimiento de las tareas institucionales relacionadas con su cargo y que, por lo tanto, perjudicaran el correcto desarrollo de la función pública, lo que haría indebida la percepción de las indemnizaciones vinculadas al cargo que ocupaba. Los jueces han señalado, además, que el propio Sgarbi ha demostrado —sin que la Fiscalía haya aportado elementos que lo desmientan— haber desempeñado, durante el período objeto de la investigación, un número especialmente relevante de actividades públicas directamente relacionadas con su cargo institucional.

El Tribunal de Cuentas absuelve a Sgarbi: no se ha producido ningún perjuicio para el erario público por las conferencias que impartió cuando era subsecretario
El Tribunal de Cuentas absuelve a Sgarbi: no se ha producido ningún perjuicio para el erario público por las conferencias que impartió cuando era subsecretario



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