Decreto Sangiuliano sobre el canon de reproducción fotográfica del patrimonio cultural (suscita debate)


El 11 de abril, el ministro Sangiuliano publicó un decreto ministerial, el número 161, que revoluciona de hecho la regulación de las tarifas por el alquiler de salas en locales culturales y por la reproducción de imágenes del patrimonio cultural. Y en el ambiente está causando debate.

Mientras el mundo del arte se afanaba la semana pasada en discutir sobre la campaña de Venus, pocos echaron un vistazo al decreto ministerial del 11 de abril, número 161, con el que el ministro Gennaro Sangiuliano lanzó las directrices para determinar las cuantías mínimas de los cánones y royalties por la concesión de uso de bienes culturales de titularidad estatal. La razón de ser del decreto es poner orden en la materia estableciendo unos cánones válidos para todos, tanto para los alquileres de salas como para las reproducciones de obras de arte. El decreto contiene tablas con coeficientes que determinan el alquiler mínimo que debe pagarse en cada situación.

En el caso del alquiler de espacios, las tarifas oscilan entre 100 y 500 euros para salas de hasta 50 metros cuadrados, y 900-3.200 euros para las salas de más de 1.550 metros cuadrados, que deben multiplicarse por el coeficiente de la “clase de prestigio” del lugar, donde el prestigio viene determinado por el elevado número de visitantes, si se trata de un testimonio único o excepcional de una época o periodo, la importancia del mecenas, la presencia de frescos o colecciones permanentes, etc. Luego hay que multiplicar por el coeficiente de utilización (institucional, sin ánimo de lucro, con fines lucrativos). ¿Cuánto podría costar, por ejemplo, una velada dedicada a un desfile de moda en el Cortile d’Onore de la Pinacoteca di Brera? Dada la superficie de 2.000 metros cuadrados y suponiendo un coeficiente de valor máximo (5) debido a la centralidad del lugar, suponiendo un canon mínimo de 900 euros, es necesario multiplicar el coeficiente de valor (5) y el coeficiente de uso (para un desfile de moda es 15, que se multiplicará por los días del evento) y obtener un canon de alquiler de 67.500 euros. Además, quien alquile también tendrá que pagar los gastos de manutención (luz, calefacción, personal, etc.).



Una cifra al alcance de cualquier casa de moda de alta costura que desee organizar un desfile en un museo, pero según muchos, el mayor problema radica en el capítulo de reproducciones de bienes culturales. Fotografías de obras de arte, en pocas palabras. El mecanismo es idéntico: las tasas se determinan en función del tipo de fotografía que se solicite a un museo o a la administración (impresiones fotográficas, fotocopias, escaneados, imágenes digitales, diapositivas), y hay que multiplicarlas por el coeficiente de uso y el coeficiente de cantidad. Una revista comercial que imprima 5.000 ejemplares y necesite una imagen digital para un artículo, en color y alta resolución, gastará 12 euros que se multiplicarán por el coeficiente de uso (en este caso 1), el coeficiente de cantidad de las reproducciones (de 1 a 1.000 ejemplares el coeficiente es 2) y la tirada (en este caso 5), y gastará 120 euros por la foto.

El problema señalado por muchos radica en que, a diferencia de lo que ocurría hasta ahora, las revistas científicas también tendrán que pagar. De hecho, el decreto no distingue entre revistas científicas, revistas de divulgación, periódicos y lo que sea: todas tendrán que pagar, independientemente de su actividad, si la revista tiene ánimo de lucro. Las reproducciones sólo serán gratuitas si se realizan sin ánimo de lucro, con fines de estudio, investigación, libre expresión del pensamiento o expresión creativa y promoción del conocimiento del patrimonio cultural. La contradicción que muchos señalan es que la investigación y la promoción del conocimiento del patrimonio cultural necesitan financiarse, razón por la cual muchas revistas científicas o comerciales tienen un precio de portada, sin tener en cuenta que, en cualquier caso, la promoción del patrimonio puede coexistir fácilmente con la libre empresa.

¿Qué hacer entonces? Un primer llamamiento al ministro procede de la Federación de Consejos Universitarios de Arqueología, el Consejo Universitario Nacional de Historia del Arte y Sisca - la Sociedad Italiana de Historia de la Crítica de Arte. Mientras tanto, explican las siglas, no está claro si el sistema de tarificación se aplica a las reproducciones ya disponibles para el usuario, por ejemplo como resultado de una descarga desde sitios especializados o de una filmación con medios propios: el decreto no es claro en este sentido. Pero lo más grave, según el recurso, radica en que “el decreto afecta directamente a la investigación porque generaliza la aplicación de tasas sobre la publicación de imágenes del patrimonio cultural en cualquier producto editorial”.

“Con un salto atrás de más de treinta años”, continúa el texto, "de un plumazo se pisotea el Decreto Ministerial de 8 de abril de 1994, que había establecido la gratuidad para la publicación en todas las publicaciones periódicas y monografías dentro de una tirada de 70 euros y 2.000 ejemplares, y se ponen a cero las Directrices para la adquisición, circulación y reutilización de reproducciones de bienes culturales en el entorno digital, publicadas el pasado verano por la Biblioteca Digital del Ministerio de Cultura, aunque dice tenerlas en cuenta".

El documento de la Biblioteca Digital, a diferencia de este decreto, que se considera unilateral, había sido fruto de más de un año de trabajo interno en el ministerio y de consultas públicas, durante el cual la Federación de Consejos Universitarios de Arqueología, en una nota fechada el 6 de junio de 2022, había podido apreciar la principal novedad del documento de la Biblioteca Digital, a saber, la previsión de publicación gratuita de imágenes del patrimonio cultural estatal en cualquier producto editorial, con independencia del tipo, tirada o precio relativo de portada. “Al perjuicio que este decreto supone para los investigadores”, continúan los sindicatos, “se suma por tanto la burla para todos aquellos a los que se les había anunciado, unos meses antes, que serían gratuitas para cualquier uso editorial”.

En definitiva, según los consejos, el problema es que la línea adoptada por el ministerio acabará “repercutiendo contra quienes estudian y valorizan el patrimonio cultural y contra el propio ministerio que, multiplicando los controles, las tasas y las autorizaciones, se encuentra -y se encontrará cada vez más- soportando cargas muy superiores a los ingresos procedentes de los cánones de concesión”. Todo ello mientras las asociaciones profesionales llevan años apelando repetidamente a los principios de la Convención de Faro para subrayar la necesidad de fomentar las condiciones para la más amplia reutilización de los datos e imágenes de nuestro patrimonio cultural, en una lógica de Acceso Abierto que identifica la libre reutilización como una herramienta fundamental para incentivar no sólo la investigación, sino también la edición, el emprendimiento cultural y creativo, el diseño y todos aquellos sectores del Made in Italy que el gobierno dice querer promover.

Gravar la investigación y la innovación significa inevitablemente introducir barreras innecesarias y mortificar una multitud de iniciativas que el ministerio debería -por el contrario- fomentar activamente poniendo a cualquiera en condiciones de poder reutilizar, del mismo modo, las imágenes de los bienes culturales que le pertenecen", concluyen las siglas. La petición que viene de abajo es, por tanto, la retirada del decreto y la reformulación del baremo de cánones en línea con lo ya expresado en el Plan Nacional de Digitalización y con la tantas veces solicitada adopción generalizada de licencias de Acceso Abierto por parte de museos, archivos y bibliotecas. Los sindicatos también piden una reunión urgente para debatir este y otros asuntos relacionados con la libertad de investigación sobre el patrimonio cultural.

En la foto: el Collegio Romano, sede del Ministerio de Cultura. Foto: Finestre Sull’Arte

Decreto Sangiuliano sobre el canon de reproducción fotográfica del patrimonio cultural (suscita debate)
Decreto Sangiuliano sobre el canon de reproducción fotográfica del patrimonio cultural (suscita debate)


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