Nuevas medidas para la cultura se debaten en el Parlamento: fundaciones de ópera, apoyo a MiBAC y más


La tramitación está en plena ebullición para el proyecto de ley que deberá convertir en ley, con algunas modificaciones, el Decreto-Ley 59, de 28 de junio de 2019, de “medidas urgentes en materia de personal de las fundaciones operísticas y sinfónicas, de apoyo al sector cinematográfico y audiovisual y de financiación de las actividades de la Consejería de Patrimonio y Actividades Culturales y para la celebración de la Eurocopa 2020”.

El proyecto de ley intervendrá en cinco ámbitos. El primero (artículo 1) se refiere a las bases sinfónico líricas: “con el fin de garantizar el relanzamiento de las fundaciones sinfónico líricas”, reza el texto enmendado por el Senado y devuelto a la Cámara de Diputados para la continuación del proceso, las propias fundaciones, los teatros tradicionales y las entidades financiadas por el Fondo Único para las Artes Escénicas que apliquen el convenio colectivo nacional “podrán celebrar, bajo pena de nulidad, uno o varios contratos de trabajo con escritura públicauno o varios contratos de trabajo de duración determinada para el desempeño de funciones del mismo nivel y categoría jurídica, por una duración que no podrá exceder, a partir del 1 de julio de 2019, sin perjuicio de lo dispuesto en distintas disposiciones de los convenios colectivos, de un total de treinta y seis meses, aunque no sean continuados, incluso como consecuencia de prórrogas o renovaciones posteriores”. Se prevé una indemnización para el trabajador si se supera el plazo (pero el perjuicio no conlleva la conversión en contrato indefinido). También se modifican las normas para las contrataciones indefinidas, que se harán “en función de las necesidades de la fundación y previa comprobación por el Consejo de Cuentas”. En este caso, hasta el 31 de diciembre de 2021, si una fundación contrata con carácter permanente, lo hará hasta el 70% de los puestos disponibles, mediante procedimientos selectivos. A continuación, la ley compromete al MiBAC y al MEF a adoptar un decreto que contenga un “esquema tipo, teniendo en cuenta los requisitos estructurales y organizativos, tal y como se definen en el convenio colectivo nacional de trabajo, para los conjuntos artísticos y el sector técnico, al que deberá ajustarse cada fundación sinfónica lírica para formular una propuesta de plantilla”, que deberá remitirse a los dos ministerios en un plazo de sesenta días.



El segundo ámbito (artículo 2) se refiere a la ejecución de los servicios y actividades de la MiBAC: para 2019 se destinan 15,4 millones de euros para servicios generales, y 19,4 para 2019 (y la misma cifra en 2020) para la recuperación y conservación de bienes culturales. El tercer ámbito (artículo 3) se refiere al sector audiovisual: se regula la composición de la Comisión de Clasificación de Obras Cinematográficas y se incrementa el número de expertos para la evaluación de las solicitudes de acceso a las ayudas para obras cinematográficas y audiovisuales. Además, se obliga al concesionario del servicio público de radio, televisión y multimedia (es decir, la RAI) a reservar al menos el 12% de su tiempo de emisión (excluidos informativos, concursos, deportes, publicidad y televenta) de 18.00 a 23.00 horas a películas, documentales y dibujos animados que sean “de expresión original italiana dondequiera que se produzcan”.

El cuarto ámbito (artículo 4) se refiere a los espectáculos itinerantes: en particular, los espectáculos itinerantes quedan excluidos de la normativa sobre entradas nominativas para espectáculos en instalaciones con capacidad para más de 5.000 espectadores. Por último, el último artículo (artículo 5), prevé el nombramiento de un comisario extraordinario para la realización de las intervenciones necesarias para la celebración en Roma de los partidos del Campeonato Europeo de Fútbol de 2020. El comisario será nombrado por Roma Capitale.

Para seguir la evolución de la ley y leer los textos, puede consultar la página web de la Cámara de Diputados.

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