¿Cuáles son los cambios introducidos por la reciente ley de revisión del Código del Patrimonio Cultural y del Paisaje? El 11 de marzo, el Senado dio su aprobación definitiva a la ley “Valorización subsidiaria del patrimonio cultural”, una iniciativa nacida en 2023 a propuesta del presidente de la comisión de cultura de la Cámara de Diputados, Federico Mollicone (FdI) y finalmente refundida en la ley nº 40 de 17 de marzo de 2026, publicada en el Boletín Oficial el 30 de marzo. La medida fue presentada por Mollicone como un punto de inflexión: el objetivo declarado es fomentar la iniciativa autónoma de los ciudadanos, tanto individual como asociada, en la valorización del patrimonio cultural y el desarrollo de la empresa cultural y creativa. El patrimonio se interpreta así no sólo como un elemento de identidad y de historia, sino también como una palanca de crecimiento económico y de reducción de las brechas territoriales y sociales.
La medida más discutida se refiere al frente del mercado del arte: en efecto, la reforma modifica el artículo 65 del Código del Patrimonio Cultural revisando los umbrales económicos que determinan la exigencia de autorización de exportación. En concreto, el límite pasa de los 13.500 euros anteriores al nuevo umbral de 50.000 euros. El objetivo declarado es hacer el sistema italiano más competitivo y acorde con las normas europeas, favoreciendo al mismo tiempo la circulación de las obras. Otro cambio prevé que, en el caso de las obras de autores extranjeros, el certificado de libre circulación no podrá denegarse a menos que se compruebe la relevancia específica de estas obras para la historia de la cultura en Italia. Otra novedad se refiere a la posibilidad de retirar la demanda de certificado de libre circulación antes de la notificación de la medida definitiva, lo que introduce más flexibilidad para los operadores. Al mismo tiempo, se amplía la validez temporal de las declaraciones relativas a la circulación de las obras, alineándola con la duración del propio certificado.
Novedades también en materia de préstamos de obras de arte. En concreto, se establece que la autorización para el préstamo de obras deberá emitirse en el plazo de noventa días desde la solicitud. También se refuerza el papel de las autoridades supervisoras para garantizar la transparencia y la sostenibilidad en el mercado de seguros de préstamo de obras.
Otro pilar de la reforma es la introducción de nuevas herramientas digitales para cartografiar y supervisar el patrimonio público. En el Ministerio de Cultura se crea un registro digital de institutos, sitios culturales y bienes culturales públicos. Se trata de una base de datos destinada a recoger información detallada sobre la naturaleza de los bienes, los métodos de gestión, los niveles de calidad de la valorización y las condiciones de accesibilidad, eficiencia y sostenibilidad económica. El registro también incluirá datos sobre los bienes en desuso, con información sobre su estado de conservación, propiedad, ubicación y posibles proyectos de rehabilitación.
El sistema se concibe como una herramienta no sólo para la transparencia, sino también para la evaluación de las formas de gestión y la posible introducción de modelos alternativos. Todos los institutos y lugares públicos de cultura, así como las administraciones depositarias de bienes culturales, deberán actualizar constantemente los datos. Las modalidades operativas se definirán por decreto ministerial en un plazo de dieciocho meses, garantizando la integración con las bases de datos ya existentes a nivel estatal y territorial.
Junto al Registro, se creará también elRegistro Digital de Subsidiariedad Horizontal, una sección dedicada a las entidades privadas interesadas en la gestión indirecta de bienes culturales públicos. El objetivo declarado es hacer más accesible, transparente y competitivo el sistema concesional, favoreciendo la participación de operadores cualificados. Los sujetos inscritos podrán manifestar su interés en los procedimientos de concesión y participarán en la definición de los planes estratégicos de desarrollo cultural. También en este caso, los requisitos y procedimientos de acceso se establecerán por decreto ministerial, previa consulta a la Autoridad de Competencia y Mercado y a la Autoridad Nacional Anticorrupción.
La reforma también introduce una estrategia nacional denominada “Italia en escena”, que el Ministerio de Cultura definirá en un plazo de veinticuatro meses a partir de los datos recogidos por el Registro y con la participación de los sujetos inscritos en el mismo. El programa pretende garantizar una mayor accesibilidad del patrimonio cultural, con especial atención a las zonas del interior, los pequeños pueblos y los municipios de montaña. Las acciones previstas incluyen la promoción de actuaciones en directo y recreaciones históricas, el refuerzo de las iniciativas de comunicación, incluida la digital, y el desarrollo de asociaciones público-privadas capaces de garantizar la sostenibilidad económica y la gestión de la calidad.
Un capítulo importante está dedicado a la valorización de las obras no expuestas en los museos estatales. La ley prevé la creación de una lista de obras aptas para su circulación temporal en el territorio nacional, en la medida en que no presenten problemas de conservación. Los municipios podrán solicitar el traslado temporal de estas obras, siempre que dispongan de instalaciones adecuadas, un museo con director designado y un proyecto cultural integrado en la oferta turística, enogastronómica o deportiva del territorio. Todos los costes correrán a cargo de las entidades solicitantes.
La reforma también interviene en la organización interna del Ministerio de Cultura, estableciendo criterios uniformes para determinar las retribuciones de los miembros de los consejos de administración de las oficinas con autonomía especial. Las nuevas normas deberán garantizar la proporcionalidad, la transparencia y la coherencia con la complejidad de las tareas, sin generar nuevas cargas para las finanzas públicas.
Desde el punto de vista financiero, la ley autoriza un gasto de 500.000 euros anuales a partir de 2026 para la aplicación de las medidas relacionadas con el Registro y el Registro Digital, y 4,5 millones de euros anuales para la estrategia “Italia en escena”. Los recursos se obtienen reduciendo fondos ya previstos en el presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, sin afectar a nuevos créditos.
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| Bienes culturales, qué cambios ha introducido la ley recientemente aprobada |
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