Con la reforma de las exportaciones dejaremos de tener el control". Entrevista con Anna Stanzani


Reforma de la exportación de bienes culturales: escuchamos una voz contraria, la de Anna Stanzani, directora de la Oficina de Exportación de Bolonia.

El miércoles les trajimos la primera entrevista sobre la reforma de la exportación de bienes culturales. La que sigue es la segunda, que da voz a una personalidad opuesta a la nueva legislación: se trata de Anna Stanzani, historiadora del arte, una de las funcionarias con más experiencia y autoridad del Ministerio de Cultura, ex directora de la Pinacoteca de Ferrara, del Museo del Neoclásico de Faenza y hoy directora de la Oficina de Exportación de la Superintendencia de Bolonia. Entrevista realizada por Federico Diamanti Giannini.

FDG. Se dice que las oficinas de exportación de las Superintendencias son los últimos bastiones de protección de nuestro patrimonio artístico... expliquemos al público qué queremos decir con este supuesto.
AS. La actividad de las Oficinas de Exportación se considera de “interés nacional preeminente” (artículo 64 bis) en el Código del Patrimonio Cultural, porque estas oficinas permiten la circulación controlada de las obras, de modo que no bloquean el mercado y el intercambio, sino que tratan de impedir que salgan de Italia obras importantes del patrimonio cultural (u obras que hayan sido robadas o sacadas ilícitamente de contexto). Aunque haya intereses económicos legítimos en juego con respecto a la circulación de obras, creo que es necesario que el interés público siga garantizando que esta función de observación y control se lleve a cabo sustancialmente de acuerdo con los parámetros actuales gracias a los cuales surge el mercado de salida, permitiendo así no sólo la oposición a la salida, sino también un aumento del patrimonio cultural nacional y un enriquecimiento de las colecciones públicas: esto en virtud de la aplicación de la institución de la expropiación forzosa para la exportación, que en los últimos años, creo, se ha intensificado produciendo buenos resultados con la adquisición de obras importantes. Por lo tanto, la normativa no sólo prevé la denegación de salida, sino también la adquisición de obras presentadas a la exportación, y no sólo de obras antiguas, sino también de obras pertenecientes a la investigación artística italiana de posguerra. El buen funcionamiento de este observatorio y control está ligado a la funcionalidad de las oficinas. La reciente reforma del Ministerio se llevó a cabo sin tener en cuenta el número de historiadores del arte en activo y las jubilaciones. Y son sobre todo los historiadores del arte quienes se ocupan de la circulación de las obras muebles. En la Superintendencia en la que trabajo, que es el resultado de la fusión, tras la reforma, de cuatro Superintendencias en las que trabajaban unos quince historiadores del arte inmediatamente antes de la reforma, ahora sólo hay dos historiadores del arte en servicio con las tareas de protección territorial y responsabilidad de la oficina de exportación. Afortunadamente, hay cuatro historiadores del arte de la ALES (cuya funcionalidad está, sin embargo, limitada por su contrato) cuyo mandato expira en julio. No sabemos qué hacer si no se les renueva el mandato. Como la circulación se ha intensificado exponencialmente, tanto para las exposiciones como para el comercio, el control es una actividad difícil y agitada, además de compleja. En esta situación de escasez de personal (incluido el administrativo), componer comisiones técnicas para evaluar las obras es ya una tarea difícil porque faltan historiadores del arte, a pesar de que todos los presentes (ahora pocos) en las demás oficinas ministeriales periféricas de la región están obligados a formar parte de ellas.

Como es bien sabido, la reforma de la exportación introducirá un umbral de 13.500 euros, por debajo del cual el ciudadano que desee hacer circular la obra simplemente tendrá que presentar una autocertificación que acredite su valor. Sin embargo, los 13.500 euros son una estimación del valor de mercado del objeto, pero el valor de mercado también podría ser diferente del valor histórico y cultural, es decir, este último podría ser muy superior al valor material del objeto...
Definitivamente. A las comisiones técnicas se presentan también dibujos, pinturas, esculturas, artefactos de diversa índole con un escaso valor de mercado pero que pueden tener una gran relevancia histórica o documental y que en el sistema actual pueden ser adquiridos para completar o enriquecer las colecciones de un museo al que le falta esa pequeña pero importante pieza para definir mejor su identidad también en relación con el territorio del que el museo en Italia es casi siempre expresión. El año pasado, por ejemplo, el Estado adquirió para el Museo Nacional del Neoclásico de Faenza cuatro pequeñas obras de Felice Giani de excelente calidad y conservación por un valor total de 20.000 euros, importantísimas en sí mismas porque documentaban un conjunto decorativo que ya no existe y también importantes para el museo al que iban destinadas, que se encuentra en la propia obra maestra de Giani, el Palazzo Milzetti. En definitiva, se trata de una oportunidad para “coser la historia y rellenar los huecos”. Con la nueva legislación, el valor subumbral, que permite que las obras de escaso valor comercial no se presenten a las oficinas pertinentes, lo establecería el propietario basándose en criterios de mercado extremadamente aleatorios. Por tanto, me parece que estos cambios legislativos benefician a los agentes privados, marchantes, casas de subastas, y no al interés público.

Disegni di Felice Giani
Felice Giani, Historias de Ceres (1812; a la izquierda los dibujos a pluma conservados en el Cooper Hewitt Smithsonian Design Museum de Nueva York, a la derecha las témperas sobre papel en el Museo Nacional del Neoclasicismo de Faenza). Las pequeñas témperas sobre papel son preparatorias para la decoración de la bóveda del Teatro di Cerere de Imola realizada por Felice Giani en 1812 y perdida en la posterior reconstrucción del teatro. De esta empresa decorativa se conservan también los dibujos en tinta acuarelada conservados en el Cooper Hewitt. Fueron adquiridos por las acaudaladas hermanas estadounidenses Sarah y Eleanor Hewitt a principios del siglo XX. El museo estadounidense conserva más de mil dibujos de Giani, la mayoría procedentes de la colección del coleccionista Giovanni Piancastelli.

De hecho, la reforma se creó para facilitar el mercado del arte en Italia y, como sabemos, el artículo 68 de la ddl, el que de hecho “contiene” la reforma, fue el resultado de un debate en el que participaron el grupo “Apolo 2”, formado por operadores del sector, y el Estado. Hay que decir, sin embargo, que inicialmente las exigencias de los operadores eran mucho más elevadas, en línea con las de países como Francia y el Reino Unido, donde los umbrales mínimos superan ampliamente los 100.000 euros. ¿Fue incapaz el Estado de encontrar una buena mediación entre las exigencias de los operadores y el interés público?
La legislación europea, por su parte, establece que cada Estado es libre de regular dentro de su país, con sujeción a ciertos principios de la UE. Creo que la nueva normativa desvirtúa lo que era el principio italiano en materia de patrimonio, reiterado también por el artículo 68 bis del Código, a saber, “en relación con el régimen de circulación internacional, los bienes que constituyen el patrimonio cultural no se asimilan a mercancías”: por tanto, en un bien cultural de importante interés, el valor del interés público es preponderante sobre el interés privado y el interés comercial. Este es el espíritu de nuestra legislación de protección, que me parece haber cambiado con las nuevas normas que, hay que subrayarlo, no sólo afectan al capítulo de la exportación, sino que tienen un impacto general en toda la protección del patrimonio prevista por el Código, elevando a setenta años a partir de la ejecución la edad a partir de la cual los bienes culturales pueden ser protegidos. Por supuesto, otros países tienen otros umbrales, pero eso no significa que esto sea bueno para Italia, que es notoriamente un país exportador de bienes al exterior. ¿Por qué tenemos que conformarnos con los países importadores? Los setenta años a partir de la ejecución y el umbral de 13.500 euros permitirán que muchas obras de arte salgan sin control. Me parece que ya se está renunciando a presentar obras de, por ejemplo, Morandi a la comisión de exportación: probablemente los propietarios y marchantes creen que pronto se aprobará la ley y que las obras del pintor podrán salir sin someterse a las comisiones. Es legítimo esperar la salida de gran parte de la producción artística desarrollada desde finales de los años cuarenta hasta finales de los sesenta porque ya no entrará en los plazos de ejecución, cincuenta años, previstos ahora por la ley. Por otra parte, es necesario cuestionar la opinión de que las oficinas de exportación son oficinas cerradas y hostiles a la circulación y al mercado, que en mi opinión no es el enemigo sino una fuerza importante en el terreno para que surjan obras. Como demuestran los propios datos oficiales, son muchas las mercancías que salen de las fronteras nacionales y se intenta detener sólo aquella cuya salida supondría un grave empobrecimiento del patrimonio italiano y es sin duda una tarea delicada, difícil, resbaladiza, sobre todo ardua por el poco tiempo disponible, en las actuales condiciones de falta de personal y medios. No existe una fórmula matemática para establecer que la eliminación de una obra representa un grave empobrecimiento. Y ciertamente disponemos de muy poco tiempo y de muy pocas fuerzas para poder reconstruir en profundidad el contexto de todas las obras que se nos presentan. Como es bien sabido, el juicio histórico-crítico tiene márgenes de subjetividad, razón por la cual debe ser emitido por una comisión y sometido al control del Ministerio. Un buen trabajo requiere el estudio de la obra, su identidad, su origen y su historia también a través de un intercambio nacional de opiniones entre historiadores del arte. De hecho, las comisiones se encuentran juzgando obras de toda Italia, de autores y campos artísticos dispares que requieren conocimientos especiales y profundos. En cualquier caso, hay muchísimos más certificados de libre circulación que denegaciones. Con esta nueva propuesta legislativa, ya no tendremos control, porque los bienes (valorados en menos de 13.500 euros o con menos de setenta años de antigüedad) podrán salir sin que la Oficina de Exportación pueda inspeccionarlos, y esto también puede tener un efecto negativo sobre los robos: las obras que salen ya no se controlarán gracias a las búsquedas de los Carabinieri de la Unidad de Protección en el Banco de Datos de bienes culturales robados ilícitamente, que está previsto en el artículo 85 del Código de Bienes Culturales y contiene información descriptiva y fotográfica de los bienes culturales que se buscan.

Sobre el tema de la salida, y también de los umbrales temporales: los contrarios a la reforma temen que se produzca una salida incontrolada de las obras producidas entre 1947 y 1967, pero los favorables afirman que muchos de los artistas cuya salida se teme, como Fontana, Morandi y otros, crearon obras específicamente concebidas para el mercado y, por tanto, deben circular libremente...
Por supuesto, todos los artistas hicieron y hacen para la venta, para la difusión de su arte. Pero no me parece que éste sea un criterio objetivo para valorar la puesta en circulación de una obra de más de cincuenta años y de un autor no vivo. Dos criterios que permiten una justa perspectiva histórica.

La reforma se creó para ayudar al mercado del arte italiano. Sin embargo, en la petición de Italia Nostra leemos que en realidad la reforma beneficiaría al mercado internacional en detrimento del italiano. ¿Qué significa esto en su opinión?
Significa que permitiría la salida, repito, sin control, de una cantidad considerable de obras hacia mercados extranjeros importadores, hacia Europa o incluso hacia otros mercados, y dada la importancia de las obras producidas en Italia, creo que se facilitaría más el mercado internacional que el nacional.

Hemos mencionado el hecho de que la dotación de personal de las Superintendencias, y por lo tanto también de las oficinas de exportación, está reducida al mínimo y la situación actual, con la contratación casi paralizada y con el último concurso del Ministerio que ni siquiera alcanza para cubrir el volumen de negocios, ciertamente no nos deja buenas expectativas. Entonces, ¿se podría haber encontrado una solución para que las Superintendencias funcionen de manera óptima, con plantillas completas y eficientes, sin cambiar la normativa? ¿O podrían haberse introducido otras medidas para conciliar las necesidades del mercado con las de protección, evitando una reforma como la actual?
Sin duda el aumento de plantilla es imprescindible para garantizar un trabajo bien hecho tanto desde el punto de vista científico como administrativo, porque es evidente que cuando se tiene un servicio público que en sí mismo, en sus esquemas y principios, podría funcionar, pero no se cuenta con los recursos humanos, se acaba por no hacerlo funcionar y se crea insatisfacción. De la insatisfacción surge la polémica, y a través de esa polémica se puede cambiar cualquier principio, porque entonces todo se pone en otras manos que se quejan de la pérdida de tiempo (se ha hablado de meses de tiempo para temas de poca importancia) y de la pérdida de ingresos por el alargamiento del tiempo para la certificación. También nos gustaría mucho no tener que tratar con “basura”. De hecho, el servicio se ha visto mermado, sobre todo con las jubilaciones no sustituidas y con la entrada, no regulada en modo alguno, de historiadores del arte en las direcciones de los museos. La protección del patrimonio mueble diseminado por el territorio se reduce al mínimo porque no hay personal suficiente en las superintendencias para seguir la restauración, la notificación, el traslado. Y de la catalogación del patrimonio ya ni se habla. Gran parte del trabajo es un intento frenético de controlar la circulación de las obras. Dentro de esta última, un capítulo muy sustancioso es el movimiento de exposiciones: a estas alturas, obras maestras de todo tipo, que deberían estar seguras en sus emplazamientos, rebotan de un extremo a otro del mundo, desafiando las recomendaciones que reclaman que se eviten los viajes frecuentes y cercanos y que haya un proyecto científico serio de exposición en la base de los préstamos. Las Superintendencias, y dentro de ellas las Oficinas de Exportación, luchan por mantener la circulación temporal para exposiciones a veces de bloques enteros de obras y su traslado a varios lugares con procedimientos bastante complejos. Por lo tanto, un aumento de la dotación de personal de las Superintendencias, en particular en las filas de los historiadores del arte, sería fundamental para aportar eficacia y eficiencia, reducir los tiempos de espera y, sobre todo, garantizar un buen trabajo de control científico y técnico. Luego, sin duda, también habría que revisar algunos plazos para ciertas categorías de bienes. Si se aumentara el personal y se revisaran los parámetros para determinadas categorías de bienes, como los libros, el servicio sería mejor y más rápido. Menciono los bienes de libros que están sujetos a control si tienen más de 50 años, de hecho la reforma del Ministerio también ha confiado a las Oficinas de Exportación el control de estos bienes, que antes eran responsabilidad de las Superintendencias regionales de Archivos y Bibliografía, y esto supone una gran carga de trabajo. Creo que algo se puede cambiar en la legislación, también facilitando las compras de exportación, introduciendo la posibilidad de que no sólo el Estado sino también otros organismos públicos o fundaciones puedan comprar, y quizás incluyendo la posibilidad de suscripciones como ocurre en otros países. Deberíamos reunirnos en torno a una mesa, no sólo anticuarios y marchantes, sino también funcionarios historiadores del arte. En cambio, me parece que a los técnicos de la administración, desgraciadamente, no se les consulta.


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