Messina, fiesta de Halloween en una importante iglesia gótica, pero ¿dónde está la autorización?


En Mesina, una fiesta de Halloween, organizada por una empresa de eventos, está prevista para esta noche en el interior de la iglesia de Santa Maria Alemanna, una importante iglesia gótica. Para el superintendente, sin embargo, no hay autorización: la iglesia es, de hecho, un bien protegido.

Leyendo las declaraciones del concejal de Espectáculos y Grandes Eventos de la ciudad, Massimo Finocchiaro, en la “Gazzetta del Sud”, a uno le queda la duda de si Mesina sigue estando en Italia. Porque de otro modo no se explica cómo puede escapar a las leyes del Estado italiano. Los hechos: hoy, la iglesia de Santa Maria Alemanna, máxima expresión del arte gótico en el área mediterránea, uno de los pocos monumentos parcialmente salvados de la furia del terremoto de 1908, y como tal precioso monumento de identidad de la comunidad de la ciudad, se ha transformado en la sede de un evento de Halloween de contenido ambiguo y humeante, según reza el cartel de los organizadores, la sociedad “Kissene Frega”.

Sí, ¿a quién le importa nuestro patrimonio cultural? El arquitecto e historiador de Mesina Nino Principato ha planteado la cuestión en Facebook. Según el concejal Finocchiaro, todo está bien. Ha declarado a la Gazzetta que “basta con respetar el reglamento eclesiástico” y que cualquier “ciudadano puede reservar”. Todo el mundo está tranquilo, las oficinas han pedido aclaraciones y “es una noche en la que se premiará el mejor disfraz”. Aunque, recorriendo la red social “Kissene Frega”, especializada en DJ sets et similia, que incluye conejitas a lo Playboy y chicas sexys con pistola, una “entrega de premios a los chicos disfrazados” parece todo un avance, como de hecho se recoge en blanco y negro en una decisión del ayuntamiento, propietario del monumento.

Mientras tanto, la polémica aumenta en la prensa local. Sólo queda pasar a la acción. En la página de Facebook de la empresa hasta hace unos días, de hecho, no había ni rastro de esta “mascarada”, sino de cosas como una “mesa confesionario limitada” o una “mesa entre bastidores extremadamente limitada”. La velada se presentaba así: ’EL SANTUARIO’, sic, en mayúsculas, evidentemente queriendo resaltar el contraste entre el ’paganismo’ del evento y la sacralidad de lo que antaño fue un lugar de culto. Para continuar: “Piérdete en los arcos góticos, en el sonido, en el ritmo, en el pulso de la noche. Lo que pasa se queda dentro”. Sí, ¿qué pasa dentro? Los organizadores se ríen de ello, han “trolleado” a toda la ciudad: escriben “la estrategia era una provocación consciente, diseñada para hacer hablar a la gente y demostrar que la cultura en Mesina existe de verdad y está hecha de realidades organizadas y concretas”. Decir y no decir" es su estrategia concreta para dar a conocer sus eventos. Se ve que la Puerta de Pandore de Chiara Ferragni no hizo demasiada jurisprudencia en estas latitudes. Si los consumidores compraron una entrada porque pensaban que iban a pasar una noche en la discoteca y luego se encontraron en una entrega de premios de una mascarada de chicos (o viceversa), es material de Codacons.

Santa María Alemana. Foto: Nino Principato
Santa María Alemana. Foto: Nino Principato
El cartel del acontecimiento
El programa del evento

¿Todo bien entonces? En absoluto. Estamos hablando de un monumento que efectivamente es propiedad de la municipalidad, pero obligado en virtud del artículo 10 por la Superintendencia, con un decreto que reconoce esta condición jurídica. La ley de este Estado habla claro. A no ser que se piense que una norma municipal está supeditada a una ley estatal. La autorizada por el municipio es una concesión de uso de bienes culturales. La norma de referencia es el art. 106 del Código de Bienes Culturales, reconocido por el Tribunal Constitucional como una importante reforma económico-social que también vincula a las Regiones con autonomía especial. La norma prevé la posibilidad de conceder a los solicitantes individuales el uso de bienes culturales a título oneroso (contra tasas), pero sólo para fines compatibles con su destino cultural. En particular, en el caso de un bien de este tipo propiedad de un organismo público, la “concesión de uso está sujeta a la autorización del Ministerio (en virtud de su autonomía léase Assessorato dei Beni Culturali e dell’Identità Siciliana, ndc.), otorgada a condición de que la concesión garantice la conservación y el disfrute público del bien y de que se asegure la compatibilidad del uso previsto con el carácter histórico-artístico del bien”. ¿Qué significa esto? Significa que la municipalidad debería haber solicitado obligatoriamente la autorización a la Superintendencia. ¿Con qué plazos? Regla siempre en mano, tratándose de inmuebles de propiedad de entidades públicas, es necesario solicitarlo a la entidad propietaria (Municipalidad) con tiempo suficiente para que ésta solicite autorización a la Superintendencia, la cual tiene 30 días para concluir el procedimiento en el ámbito de su competencia

Es una lástima que el Superintendente Orazio Micali nos diga que “esta solicitud de autorización no se encuentra en los archivos de esta Oficina”. Informado por nosotros esta misma mañana ha enviado un pec al ayuntamiento en el que pregunta ’si dispone de esta autorización’, diciendo que ’si no es así, debe abstenerse de concederla’.

Donatella Aprile, antigua superintendente de Catania, que se jubiló hace unos años, también está de acuerdo en cómo debe comportarse el organismo encargado de la protección. Según sus premisas: “Si es un organismo público el que no pide autorización, es incluso peor que el titular privado de una propiedad restringida, porque en este último caso podría justificarse hasta cierto punto por el hecho de que desconoce la existencia de un decreto de restricción. Pero un municipio no puede. No puede desconocerlo y no involucrar a la Superintendencia en el plan de autorización”. Entonces, ¿cómo debe actuar inmediatamente después de haber tenido conocimiento del asunto a través de la prensa? "Mediante escrito inmediato al municipio advirtiéndole del uso del inmueble en ausencia de autorización.

Como hemos escrito muchas veces en Finestre sull’Arte, Messina está en buena compañía. A la cabeza en Sicilia estuvo el buffet de 2013 en el templo de Segesta y en 2016 el Spritz en el mismo templo; luego la acrópolis de Selinunte convertida en megadiscoteca. Pero el Bel Paese de norte a sur no es inmune. No pocas veces con daños reales, no ’solo’ de imagen. Como el pavimento de pietra serena del Cortile dell’Ammannati del Palazzo Pitti de Florencia con motivo de una cena de gala hace unos años o una boda en la que un decorador incauto se subió a uno de los leones monumentales de la Reggia di Caserta.

Más allá de la grave falta de autorización, lo cierto es que la “ceremonia de entrega de disfraces” que se escenificará en Santa Maria Alemanna es lo más alejado del concepto de valorización cultural, tal y como lo contemplan el Código y el art. 9 de la Constitución, es decir, entendido como “uso público con fines culturales”, sino también una clarividente ley regional de 1977 (núm. 80) que habla expresamente de “uso social del patrimonio cultural y medioambiental en el territorio de la Región de Sicilia”, y algo más parecido a lo que Gino Famiglietti, antiguo jefe de la Oficina Legislativa, llamó sin rodeos “una valorización grosera en términos de mero utilitarismo económico”.


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